PROCURACIÓN GENERAL

Niñez: preocupa en Diputados la utilización del falso síndrome de alienación parental

23.10.2013
La Cámara de Diputados solicitó a la Procuración General de la Nación la difusión de la resolución mediante la cual expresa su preocupación por el uso de ese falso síndrome, que deslegitima las palabras de los niños y niñas por entender que se encuentran bajo la influencia del progenitor con el que conviven.
Las diputadas nacionales María Luisa Storani, Gladys González, María Virginia Linares, Linda Yagüe y Mara Brawer, integrantes de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Cámara Baja, requirieron a la Procuradora General, Alejandra Gils Carbó, que difundiera la resolución por la cual el cuerpo legislativo expresa "su preocupación por la utilización del falso síndrome de alienación parental en procesos judiciales penales y de familia", por "ser contrario" a la ley de protección integral de niños, niñas y adolescentes "y no contar con el respaldo ni el reconocimiento de la comunidad científica".
El denominado síndrome de alienación parental ha sido difundido en ámbitos académicos, pero no cuenta con ningún aval científico y por ello no se incluye en los listados de enfermedades psiquiátricas de la Organización Mundial de la Salud ni de la Asociación Americana de Psicología.
Según sus defensores, el síndrome de alienación parental consistiría en el rechazo que expresa un niño o niña hacia uno de sus progenitores debido a la influencia negativa que ejerce quien convive con el o ella (por lo general, la madre). Este argumento es utilizado por quienes buscan deslegitimar las palabras de los niños y niñas en los procesos judiciales penales o de familia, incluyendo las declaraciones referidas a posibles abusos sexuales.
La Cámara de Diputados consideró que la utilización de este síndrome por parte los administradores de justicia es contrario a la ley de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, en tanto pone en tela de juicio sus palabras y los expone a la revinculación con quienes abusaron de ellos.
La ley, en consonancia con los instrumentos internacionales, es clara al respecto en tanto exige el respeto de la condición de sujetos de derecho de los niños, niñas y adolescentes, quienes tienen derecho a ser oídos y a que sus opiniones  sean “primordialmente” tenidas en cuenta.